Condenas a los Abusos del Mercado – Modificaciones del Socialismo

La condena a los abusos del mercado es una pieza esencial del engranaje para el buen funcionamiento de la Economía Social de Mercado.

Nuestra actual Constitución resguarda la Libertad de las personas, y para emprender, en el amplio contexto de la palabra, la cual utilizada bajo personas inescrupulosas pueden causar daño a la sociedad en vez de desarrollo. Si se utilizan por ejemplo, prácticas abusivas que atentan contra la libre competencia: Colusiones, fraudes contables, prácticas monopólicas, comisiones unilaterales, etc

Así a sabiendas de esto y desde el comienzo, esta garantía de mayor libertad, fue acompañada de fuertes sanciones, incluso con el presidio menor:

http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=5872

Sin embargo, esta política severa de sanciones, fue modificada sustancialmente:

DFL N°1 del año 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211 de 1973. Publicado en el Diario Oficial de 7 de Marzo de 2005.

Así quedaron atrás las sanciones penales ante las violaciones de las normas, ahora sólo se imponen sanciones comerciales, como la modificación o extinción de una persona jurídica, o de tipo pecuniario, como la imposición de multas:

http://www.economia.puc.cl/publicaciones/Doc.Trabajo/DT_222.pdf)

No es de sorprender entonces los recientes episodios de abusos al consumidor. La libertad solo genera desarrollo si se castiga severamente a quien abusa de ésta.